El Islam, los Derechos Humanos Universales, la Declaración de El Cairo
En el nombre de Al-lah, el Clemente, el Misericordioso
No hay digno de ser adorado excepto Al'lah, Muhammad es el Mensajero de Al'lah
Musulmanes que creen en el Mesías,
Hazrat Mirza Ghulam Ahmad Qadiani (as)

El Islam, los Derechos Humanos Universales y la Declaración de El Cairo

Introducción

El Islam, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los musulmanes en la actualidad conviven de forma incómoda, en tensión y en conflicto unos con otros.

El término Islam evoca muchas imágenes, algunas reales, otras falsas. El Islam parece acechar en la visión de los espiritualmente ciegos que predican el odio y la violencia. Reside en la imaginación de los que la desprecian. Se desarrolla en los ideales de aquellos que creen sinceramente que el Islam es paz y entrega.

Pero cuando el Islam se convierte en una simple expresión mal aplicada y malversada por los actos e ideologías de algunos, es entonces cuando deja de ser Islam. Entonces, ¿dónde debemos buscar el verdadero Islam? ¿Dónde podemos encontrar el Islam moderado?

Nuestra respuesta es que el verdadero y moderado Islam existe en el mensaje del Sagrado Corán, en la práctica del Santo Profeta Muhammad (la paz y las bendiciones de Dios sean con Él) y en las enseñanzas de Su Santidad, Hazrat Mirza Ghulam Ahmad, el Mesías Prometido y Mahdi.

Yihad

Hay un conflicto en el concepto de la Yihad entendido como beligerancia. Nosotros, los musulmanes moderados, creemos que la única guerra legítima en el Islam es la de autodefensa. Se permite a los musulmanes combatir sólo cuando son víctimas de agresión u opresión. Además, el Sagrado Corán especifica las precondiciones, bajo las cuales se debe buscar la paz y garantizar la amnistía. En el mismo lugar donde aparecen algunas posturas aparentemente firmes sobre la autodefensa en el Sagrado Corán, sistemáticamente se dan instrucciones para buscar la conciliación y la renuncia de las armas, y promover la paz y la reconciliación.

Nos encontramos, también, con el término Yihad en sus múltiples connotaciones. Una de ellas coincide con la opinión de Bernard Lewis, profesor emérito de la Universidad de Princeton, de que la mayoría de los juristas musulmanes interpretan habitualmente la palabra Yihad en el sentido de una lucha armada para la defensa o el avance del poder político musulmán o su hegemonía [9]. La suposición detrás de esta peligrosa interpretación es que la llamada a la Yihad violenta continuará, interrumpida únicamente por treguas incómodas, hasta que el mundo entero acepte el Islam o se someta al dominio musulmán.

Cuando cotejamos la historia, resulta imposible negar que algunas líneas de pensamiento musulmán medieval y contemporáneo son diametralmente opuestas a los valores prístinos que enseña el Sagrado Corán.

Cuando se utiliza la Yihad como instrumento para justificar la militancia diabólica, un musulmán moderado defiende que la verdadera Yihad es un llamamiento a una lucha contra los demonios internos (nafse-ammara) [1].

Más información

Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH)

Nosotros, los musulmanes moderados, creemos que el Sagrado Corán contiene la primera y la  más importante Declaración Universal de los Derechos Humanos de la historia de la humanidad.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos se erige como un hito en el camino por la libertad, la justicia y la igualdad. La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 1948. Contiene el consenso más amplio de la civilización contemporánea en materia de Derechos Humanos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos recoge todos los derechos civiles y políticos tradicionales importantes como la igualdad ante la ley, el derecho a un juicio justo, el derecho a la propiedad, la libertad de opinión y de expresión y la libertad de pensamiento, conciencia y religión. El artículo 18 de la DUDH establece:

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Los amplios valores y normas establecidas por el Islam respaldan con claridad el espíritu y el propósito de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, tal y como se explica en el libro El Islam y los Derechos Humanos, por Zafrullah Khan, Presidente del Tribunal Internacional de Justicia [4].

El Islam defiende la libertad de conciencia y de pensamiento y promueve el respeto y la tolerancia hacia todas las religiones. El Sagrado Corán proclama majestuosamente: No ha de existir coacción en la religión” [2:257]. Es decir, no debe haber, en absoluto, ninguna coacción o restricción en materia de creencia o no creencia.

Sin embargo, una opinión musulmana común es que el apóstata, aquel que abandona la fe del Islam, comete un crimen imperdonable y, según una gran mayoría de juristas musulmanes, debe ser condenado a muerte.

Su Santidad, Hazrat Mirza Tahir Ahmad, Cuarto Jalifa de la Comunidad Musulmana Ahmadía, en su libro Asesinato en nombre de Al-lah, defiende con firmeza que la apostasía no se considera un delito en el Sagrado Corán y no merece ningún castigo. [2]

La Declaración de El Cairo sobre los Derechos Humanos en el Islam (DCDHI)

En el año 1990, más de 50 países musulmanes decidieron presentar una declaración paralela de una concepción islámica de los Derechos Humanos, un correctivo a la DUDH. Con este objetivo, estos países musulmanes, bajo la tutela de la Organización de la Conferencia Islámica, aprobaron la Declaración de El Cairo sobre los Derechos Humanos en el Islam. De este modo, el mundo musulmán llegó a un consenso político sobre algunas cuestiones de asuntos doctrinales.

En la Declaración de El Cairo, los derechos de las mujeres y la libertad de religión destacan por su notoria limitación. Aunque la Declaración de El Cairo prohíbe la conversión forzada del Islam a otra confesión, no proporciona una libertad total de religión. El artículo 10 de la DCDHI establece:

El Islam es la religión indiscutible. No es lícito ejercer ningún tipo de coerción sobre el ser humano, ni aprovecharse de su pobreza o ignorancia, para llevarle a cambiar su religión por otra distinta, o al ateísmo. [6]

Lo anterior es la única referencia que la DCDHI hace sobre la libertad de religión. Esta concesión otorgada por la DCDHI contrasta de forma marcada con el derecho otorgado por el artículo 18 de la DUDH. La Declaración de El Cairo niega el más fundamental de los derechos humanos, la libertad de conciencia y el derecho de cambiar de religión o de creencia. La Declaración de El Cairo observa un silencio elocuente sobre el derecho de un musulmán a renunciar al Islam en favor de cualquier otra religión o del ateísmo. La DCDHI prohíbe en la práctica la apostasía. Y en consonancia con su declaración, muy pocos países musulmanes permiten en sus tierras actividades misioneras de forma abierta a no musulmanes. Pero esto no debe sorprender a nadie. Después de todo, la creencia en la pena de muerte por apostasía y la libertad de conciencia no pueden coexistir juntas.

Según la  Dra. Ann Mayer de la Escuela de Negocios de Wharton, EE.UU., la Declaración de El Cairo considera los derechos religiosos, civiles y políticos recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos como excesivos y aplica la Sharia islámica para restringirlos y reducirlos. Huelga decir que son los juristas musulmanes los que definen la Sharia islámica. [7]

En el año 2002, las Naciones Unidas publicó un “Informe sobre el Desarrollo Humano Árabe”, en el que señaló que la región de Arabia disfrutaba de menos libertades que otras seis de las regiones más importantes del mundo en áreas como las libertades civiles, los derechos políticos, la independencia de los medios de comunicación y la libertad religiosa. [8]

Esta cultura de intolerancia, corrupción y despotismo corroe el tejido social del mundo musulmán y explica su fracaso en la creación de un estado islámico verdadero. Un musulmán moderado es aquel que rechaza esta cultura de forma pública y categórica.

Arnold Toynbee, uno de los historiadores más excelsos de nuestro tiempo, propuso dos categorías generales de musulmanes en la actualidad. Haciendo referencia a la historia judía en la época del Profeta Jesús, etiquetó a estos musulmanes como herodianos y fanáticos [5]. En su opinión, el herodiano es el musulmán moderno, indiferente y poco religioso que imita a Occidente, mientras que el fanático es el musulmán puritanamente ortodoxo que retrocede al pasado para hacer frente a lo desconocido. Toynbee también alude al hecho de que los áhmadis desafían estas categorías y opina que la Comunidad Musulmana Ahmadía tiene un gran potencial para convertirse en un movimiento espiritual a nivel mundial.

Entre los musulmanes de la actualidad, la Comunidad musulmana Ahmadía es única por las posiciones que adopta en muchos temas que tienen profunda relevancia en el mundo de hoy en día.

En la actualidad, sólo hay una comunidad musulmana que, de forma pública y privada, individualmente y colectivamente, consistentemente y categóricamente rechaza y siempre ha rechazado la beligerancia y la intolerancia.

En la actualidad, sólo hay una comunidad musulmana que adopta en su totalidad las enseñanzas del Sagrado Corán y, en consecuencia, respalda los ideales de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

En la actualidad, sólo hay una comunidad musulmana que puede llamarse verdaderamente moderada.

Referencias

  1. Hazrat Mirza Ghulam Ahmad, La Filosofía de las enseñanzas del Islam, Islam International Publications.
  2. Hazrat Mirza Tahir Ahmad, Asesinato en nombre de Al-lah, Luttenworth Press, Cambridge, 1989.
  3. Declaración Universal de los Derechos Humanos: http://www.un.org/es/documents/udhr/
  4. Muhammad Zafrullah Khan, Islam y Derechos Humanos, Islam International Publications, 1967.
  5. Arnold Toynbee, Civilization on Trial and the World and the West, Meridian Books, 1967.
  6. Declaración de El Cairo sobre los Derechos Humanos en el Islam: http://www1.umn.edu/humanrts/instree/cairodeclaration.html
  7. Ann Elizabeth Mayer, Universal versus Islamic Human Rights: A Clash of Cultures or a Clash with a Construct, Michigan Journal of International Law (15,307), 1994.
  8. Arab Human Development Report, the U.N. Development Program, July 2002.
  9. Bernard Lewis, The Crisis of Islam: Holy War and Unholy Terror, The Modern Library, New York, 2003.
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