¿Cuál es la decisión legal sobre el ayuno para las mujeres embarazadas?

Ellas no deben ayunar.
Una mujer embarazada entra en la categoría de los enfermos, para los que el Sagrado Corán ha hecho una excepción:
اَیَّامًا مَّعۡدُوۡدٰتٍ ؕ فَمَنۡ کَانَ مِنۡکُمۡ مَّرِیۡضًا اَوۡ عَلٰی سَفَرٍ فَعِدَّۃٌ مِّنۡ اَیَّامٍ اُخَرَ ؕ وَ عَلَی الَّذِیۡنَ یُطِیۡقُوۡنَہٗ فِدۡیَۃٌ طَعَامُ مِسۡکِیۡنٍ ؕ فَمَنۡ تَطَوَّعَ خَیۡرًا فَہُوَ خَیۡرٌ لَّہٗ ؕ وَ اَنۡ تَصُوۡمُوۡا خَیۡرٌ لَّکُمۡ اِنۡ کُنۡتُمۡ تَعۡلَمُوۡنَ ﴿۱۸۵﴾
[2:185] El ayuno prescrito debe durar un número fijo de días, pero aquel de entre vosotros que esté enfermo o de viaje ayunará el mismo número de días con posterioridad; y para los que sólo pueden ayunar con gran dificultad hay una expiación: alimentar a un pobre. Y quien realiza una buena obra con obediencia voluntaria, mejor para él. Y el ayuno es bueno para vosotros, ¡si lo supierais!
Se le permite compensar los ayunos después del Ramadán tras el parto si se siente capaz, aunque las madres lactantes que están amamantando a sus hijos también están exentas.
En cualquier caso, se recomienda pagar la fidya por los días perdidos en el Ramadán si se puede, y después completar el número de ayunos antes del siguiente Ramadán después del parto si ella puede y no está amamantando.